Información pública sobre concesión administrativa en el Puerto Deportivo de Águilas (PCJ 387/2008).
Con fecha once de octubre de 2007, ha tenido entrada en el Registro de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, escrito del Club Náutico de Aguilas, en el que se ratifica en su solicitud anterior, de fecha cuatro de abril de 2006, manifestando su voluntad de continuar con la explotación del Puerto deportivo de Aguilas, una vez extinguido el plazo de concesión.
Teniendo en cuenta lo anterior, así como la intención de la Consejería de Turismo y Consumo, a través de su Dirección General de Puertos y Costas, de otorgar un nuevo periodo de concesión por un plazo de cinco años, para la explotación del Puerto Deportivo de Aguilas, procede ahora, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, en relación con el artículo 9 bis de la Ley 3/1996, de 16 de mayo, de Puertos de la Región de Murcia, su sometimiento a un periodo de información pública, a fin de que en el plazo de seis meses puedan presentar sus solicitudes terceras personas interesadas en la gestión de dicho puerto.
Murcia, 3 de septiembre de 2008.—El Director General de Puertos y Costas, Francisco Marín Arnaldos. |