Asunto: Información Pública de Trapsayates, S.L. relativa a Aprobación de revisión de tarifas para el año 2008, para el contrato de “Gestión de puestos de amarre para embarcaciones de recreo en el Pantalán de la Cuarentena del Puerto de Palma de Mallorca”
Con fecha de 13 de Febrero de 2008, la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Baleares, en el ejercicio de la facultad prevista en el apartado ñ) del artículo 40.5 de la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante de 24 de noviembre, modificada por la Ley 62/1997 de 26 de diciembre, modificada por la disposición final segunda de la Ley 48/2003 de 26 de noviembre, de régimen económico y prestación de servicios de los puertos de interés general, delegada por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 11 de noviembre de 1993, y en concordancia con el contenido de la Cláusula 12.3 del Pliego de Cláusulas de Explotación del concurso, aprobado por resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares de fecha 18.12.1997, ha adoptado la siguiente resolución:
“Autorizar la modificación de tarifas máximas referentes al contrato de gestión indirecta, con vigencia a partir del día 1 de Enero de 2008, para la “Gestión de puestos de amarre para embarcaciones de recreo en el Pantalán de la Cuarentena del Puerto de Palma de Mallorca” de conformidad con la propuesta formulada por la empresa Trapsa Yates S.L., que son:
Tarifas Máximas 2008
Contrato de “Gestión de puestos de amarre para embarcaciones de recreo en el pantalán de la Cuarentena del Puerto de Palma de Mallorca” GSP 90
Tarifa de Atraque Embarcaciones Base
Año 2008
Temporada Baja Temporada Alta
Euros/m2/Día Euros/m2/Día
Embarcación Base 0,33 Euros 0,51 Euros
Embarcación Base con Contrato Antiguo A.P.B. 0,18 Euros 0,18 Euros
Tarifa de Atraque Embarcaciones Transeúntesaño 2006
Eslora de la Temporada Baja Temporada Alta
Embarcación (M) Euros/Día Euros/Día
Hasta 8 metros eslora 12,95 Euros 17,41 Euros
Hasta 9 metros eslora 15,62 Euros 20,25 Euros
Hasta 10 metros eslora 19,19 Euros 24,86 Euros
Hasta 11 metros eslora 22,38 Euros 28,40 Euros
Hasta 12 metros eslora 26,28 Euros 31,63 Euros
Hasta 13 metros eslora 34,09 Euros 36,93 Euros
Hasta 14 metros eslora 36,97 Euros 42,62 Euros
Hasta 15 metros eslora 40,85 Euros 49,72 Euros
Hasta 16 metros eslora 44,03 Euros 56,83 Euros
Hasta 17 metros eslora 46,18 Euros 60,03 Euros
Hasta 18 metros eslora 49,72 Euros 63,94 Euros
Hasta 19 metros eslora 53,29 Euros 67,49 Euros
Hasta 20 metros eslora 60,38 Euros 71,02 Euros
Hasta 21 metros eslora 66,43 Euros 78,15 Euros
Hasta 22 metros eslora 73,06 Euros 85,95 Euros
Hasta 23 metros eslora 80,38 Euros 94,54 Euros
Hasta 24 metros eslora 88,40 Euros 104,00 Euros
Hasta 25 metros eslora 97,25 Euros 114,40 Euros
Hasta 26 metros eslora 106,97 Euros 125,84 Euros
Hasta 27 metros eslora 117,66 Euros 138,42 Euros
Hasta 28 metros eslora 129,44 Euros 152,25 Euros
Hasta 29 metros eslora 142,38 Euros 167,48 Euros
Hasta 30 metros eslora 156,62 Euros 184,24 Euros
- Temporada alta: del 1 de julio al 31 de agosto.
- Temporada baja: del 1 de enero al 30 de junio y del 1 de septiembre al 31 de diciembre inclusive.
- Estas tarifas no incluyen la tasa de señalización marítima, donde el titular de la embarcación es sujeto pasivo contribuyente, cuya cuantía es de 4,1616 Euros/m2 y año, determinada conforme establece el artículo 30 de la Ley 48/2003 de 26 de Noviembre de régimen económico financiero y de prestación de servicios de los puertos de interés general, la Disposición final sexta de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales. Modificación de las cuantías de las tasas portuarias por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público portuario y supresión de la tasa por servicios generales, que entra en vigor a estos efectos desde el 1 de mayo de 2008.
- Estas tarifas no incluyen la tasa de embarcaciones deportivas y de recreo, donde el titular de la embarcación es sujeto pasivo contribuyente, cuya cuantía es:
Hasta el 30 de abril de 2008: (es de aplicación la tasa de servicios generales)
- Embarcaciones transeúntes o de paso: 0,08 Euros/m2 y día
- Embarcaciones de base: 0,07 Euros/m2 y día
Desde el 1 de mayo de 2008: (no es de aplicación la tasa de servicios generales)
- Embarcaciones transeúntes o de paso: 0,06 Euros/m2 y día
- Embarcaciones de base: 0,05 Euros/m2 y día conforme establece el artículo 22 de la Ley 48/2003 de 26 de Noviembre de régimen económico financiero y de prestación de servicios de los puertos de interés general y la Disposición final sexta de la Ley 31/2008, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales. Modificación de las cuantías de las tasas portuarias por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público portuario y supresión de las tasas por servicios generales.
- Para el abono de las tasas de señalización marítima y la tasa de embarcaciones deportivas y de recreo se acogerá el concesionario al régimen de estimación simplificada, conforme se establece respectivamente en los art.30.9 y 22.9 de la mencionada Ley.
Suministro de agua y energía eléctrica.
Tarifa de agua:
Mínimo por servicio (5m3): 8,75euros
Precio unitario del m3: 1,75 euros ( facturación medida por contador)
Tarifa de electricidad:
Mínimo por servicio ( 20 Kw/h): 5,80 euros
Precio unitario del Kw/h: 0,29 euros ( facturación medida por contador)
Lo que se comunica a los efectos oportunos, en Palma a 22 de Abril de 2008
Fdo. Joan Rosselló Gelabert
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