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ILLES BALEARS. Trapsayates, S. L.


Publicado el 03-05-2008
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Asunto: Información Pública de Trapsayates, S.L. relativa a Aprobación de revisión de tarifas para el año 2008, para el contrato de “Gestión de puestos de amarre para embarcaciones de recreo en el Pantalán de la Cuarentena del Puerto de Palma de Mallorca”



 

Con fecha de 13 de Febrero de 2008, la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Baleares, en el ejercicio de la facultad prevista en el apartado ñ) del artículo 40.5 de la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante de 24 de noviembre, modificada por la Ley 62/1997 de 26 de diciembre, modificada por la disposición final segunda de la Ley 48/2003 de 26 de noviembre, de régimen económico y prestación de servicios de los puertos de interés general, delegada por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 11 de noviembre de 1993, y en concordancia con el contenido de la Cláusula 12.3 del Pliego de Cláusulas de Explotación del concurso, aprobado por resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares de fecha 18.12.1997, ha adoptado la siguiente resolución:
“Autorizar la modificación de tarifas máximas referentes al contrato de gestión indirecta, con vigencia a partir del día 1 de Enero de 2008, para la “Gestión de puestos de amarre para embarcaciones de recreo en el Pantalán de la Cuarentena del Puerto de Palma de Mallorca” de conformidad con la propuesta formulada por la empresa Trapsa Yates S.L., que son:
Tarifas Máximas 2008
Contrato de “Gestión de puestos de amarre para embarcaciones de recreo en el pantalán de la Cuarentena del Puerto de Palma de Mallorca” GSP 90
Tarifa de Atraque Embarcaciones Base
Año 2008
                                                                Temporada Baja Temporada Alta
                                                                 Euros/m2/Día     Euros/m2/Día
Embarcación Base                                        0,33 Euros         0,51 Euros
Embarcación Base con Contrato Antiguo A.P.B. 0,18 Euros         0,18 Euros
Tarifa de Atraque Embarcaciones Transeúntesaño 2006
Eslora de la                                                Temporada Baja Temporada Alta
Embarcación (M)                                         Euros/Día           Euros/Día
Hasta 8 metros eslora                                  12,95 Euros        17,41 Euros
Hasta 9 metros eslora                                  15,62 Euros        20,25 Euros
Hasta 10 metros eslora                                19,19 Euros        24,86 Euros
Hasta 11 metros eslora                                22,38 Euros        28,40 Euros
Hasta 12 metros eslora                                26,28 Euros        31,63 Euros
Hasta 13 metros eslora                                34,09 Euros        36,93 Euros
Hasta 14 metros eslora                                36,97 Euros        42,62 Euros
Hasta 15 metros eslora                                40,85 Euros        49,72 Euros
Hasta 16 metros eslora                                44,03 Euros        56,83 Euros
Hasta 17 metros eslora                                46,18 Euros        60,03 Euros
Hasta 18 metros eslora                                49,72 Euros        63,94 Euros
Hasta 19 metros eslora                                53,29 Euros        67,49 Euros
Hasta 20 metros eslora                                 60,38 Euros       71,02 Euros
Hasta 21 metros eslora                                 66,43 Euros       78,15 Euros
Hasta 22 metros eslora                                 73,06 Euros       85,95 Euros
Hasta 23 metros eslora                                 80,38 Euros       94,54 Euros
Hasta 24 metros eslora                                 88,40 Euros      104,00 Euros
Hasta 25 metros eslora                                 97,25 Euros      114,40 Euros
Hasta 26 metros eslora                                106,97 Euros     125,84 Euros
Hasta 27 metros eslora                                117,66 Euros     138,42 Euros
Hasta 28 metros eslora                                129,44 Euros     152,25 Euros
Hasta 29 metros eslora                                142,38 Euros     167,48 Euros
Hasta 30 metros eslora                                156,62 Euros     184,24 Euros
- Temporada alta: del 1 de julio al 31 de agosto.
- Temporada baja: del 1 de enero al 30 de junio y del 1 de septiembre al 31 de diciembre inclusive.
- Estas tarifas no incluyen la tasa de señalización marítima, donde el titular de la embarcación es sujeto pasivo contribuyente, cuya cuantía es de 4,1616 Euros/m2 y año, determinada conforme establece el artículo 30 de la Ley 48/2003 de 26 de Noviembre de régimen económico financiero y de prestación de servicios de los puertos de interés general, la Disposición final sexta de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales. Modificación de las cuantías de las tasas portuarias por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público portuario y supresión de la tasa por servicios generales, que entra en vigor a estos efectos desde el 1 de mayo de 2008.
- Estas tarifas no incluyen la tasa de embarcaciones deportivas y de recreo, donde el titular de la embarcación es sujeto pasivo contribuyente, cuya cuantía es:
Hasta el 30 de abril de 2008: (es de aplicación la tasa de servicios generales)
- Embarcaciones transeúntes o de paso: 0,08 Euros/m2 y día
- Embarcaciones de base: 0,07 Euros/m2 y día
Desde el 1 de mayo de 2008: (no es de aplicación la tasa de servicios generales)
- Embarcaciones transeúntes o de paso: 0,06 Euros/m2 y día
- Embarcaciones de base: 0,05 Euros/m2 y día conforme establece el artículo 22 de la Ley 48/2003 de 26 de Noviembre de régimen económico financiero y de prestación de servicios de los puertos de interés general y la Disposición final sexta de la Ley 31/2008, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales. Modificación de las cuantías de las tasas portuarias por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público portuario y supresión de las tasas por servicios generales.
- Para el abono de las tasas de señalización marítima y la tasa de embarcaciones deportivas y de recreo se acogerá el concesionario al régimen de estimación simplificada, conforme se establece respectivamente en los art.30.9 y 22.9 de la mencionada Ley.
Suministro de agua y energía eléctrica.
Tarifa de agua:
Mínimo por servicio (5m3): 8,75euros
Precio unitario del m3: 1,75 euros ( facturación medida por contador)
Tarifa de electricidad:
Mínimo por servicio ( 20 Kw/h): 5,80 euros
Precio unitario del Kw/h: 0,29 euros ( facturación medida por contador)
Lo que se comunica a los efectos oportunos, en Palma a 22 de Abril de 2008
Fdo. Joan Rosselló Gelabert
Apoderado