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CANTABRIA. Consejo de Gobierno


Publicado el 05-03-2008
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Decreto 21/2008, de 28 de febrero, por el que se determinan los precios públicos de los servicios prestados por la Escuela Cántabra de Deportes Náuticos Isla de la Torre.



El Decreto 49/1993, de 24 de junio, estableció los precios públicos correspondientes a la Escuela Cántabra de Deportes Náuticos, que fueron revisados mediante el Decreto 19/2001, de 13 de febrero. No obstante, las variaciones en las demandas de los ciudadanos respecto al tipo y duración de los cursos que se imparten así como el tiempo transcurrido desde su actualización, aconsejan llevar a cabo una nueva revisión que los adecúe a las importantes inversiones, tanto en capital humano como material, que se realizan en la Escuela con el fin de prestar un buen servicio a los usuarios, a la vez que se fomenta y difunde la práctica del deporte de la vela. Por otra parte, el incremento del precio permite introducir otras medidas de fomento y apoyo a determinados sectores, así las familias numerosas y los discapacitados, en aquellos casos en los que sea posible el desarrollo de la actividad sin especiales adaptaciones, en la medida en que el apoyo a esta práctica en esos casos se realiza a través de otras medidas de fomento.

Dado que concurren circunstancias de utilidad social que aconsejan el mantenimiento de unos precios públicos por debajo del coste estimado de los servicios que se prestan a tenor de lo previsto en el artículo 17.2 de la Ley 9/1992, de Tasas y Precios Públicos, a propuesta conjunta de las Consejerías de Cultura, Turismo y Deporte, y Economía y Hacienda, de acuerdo con los informes preceptivos y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 28 de febrero de 2008,

DISPONGO

Artículo 1.

La prestación de servicios consistentes en la impartición de cursos de vela ligera en la Escuela Cántabra de Deportes Náuticos "Isla de la Torre" será retribuida mediante precio público.

 

Artículo 2.

Los importes de los precios públicos que se establecen por el presente Decreto, que determinarán el coste de los cursos en función de su duración, serán los siguientes:

1. Ciclo de primavera y otoño (marzo, abril, mayo, junio, septiembre y octubre):

a) Se abonará por derechos de inscripción y actividad la cantidad de 13,57 euros por persona y día.

 

b) Manutención y alojamiento, en su caso:

–Si el curso se desarrolla en régimen de media pensión (comida y merienda): 5,28 euros por persona y día.

–Si el curso se desarrolla en régimen de pensión completa (desayuno, comida, merienda, cena y alojamiento): 12,82 euros por persona y día.

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